Resolución 271
Visto
La promulgación de la Ley 13.753 que modificó el Articulo 29 de la Ley 12.490.
La aprobación de la Resolución nº 263, aprobada con fecha 26 de diciembre de 2007, que reglamentó la citada norma legal, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Resolución ha sido cuestionada formal e informalmente por Entes de la Colegiación vinculados a esta Institución Previsional.
Que algunos de los cuestionamientos merecen ser considerados por resultar superadores de la Resolución nº 263.
Por ello, el Consejo Ejecutivo de la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires,
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Se sustituye el artículo segundo de la Resolución nº 263 de fecha 26 de diciembre de 2007, por el siguiente texto: “La contribución se calculará con los valores en juego vigentes al momento de la regularización o firma del contrato profesional con fecha cierta, sin contemplarse depreciación del valor de la obra.”.-
ARTICULO 2º: Se deroga el artículo cuarto de la Resolución nº 263, de fecha 26 de diciembre de 2007.-
ARTICULO 3º: Dése amplia difusión.-
La Plata, 5 de Marzo de 2008